SEGUNDA OPORTUNIDAD Y TARJETAS REVOLVING
Vamos a hablar sobre la estrecha relación entre los productos financieros con tasas de interés abusivas y condiciones opacas, y la posibilidad de obtener una segunda oportunidad vía concurso de acreedores.
Muchas personas recurren al concurso de acreedores en busca de una segunda oportunidad debido a su situación de sobreendeudamiento y la incapacidad de hacer frente a todas sus deudas.
Esta situación límite lleva a las personas a buscar vías rápidas y fáciles de financiación para resolver temporalmente el problema.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que estos productos financieros a menudo contienen intereses extremadamente altos. Abogados especializados en usura y tarjetas de crédito revolving recomiendan revisar detenidamente las condiciones antes de contratarlos.
La segunda oportunidad es un mecanismo legal al que tanto personas físicas como jurídicas pueden acogerse si se encuentran en una situación de insolvencia actual o inminente, es decir, si sus deudas superan sus activos y no pueden hacer frente a ellas.
Este mecanismo de segunda oportunidad está contemplado en la Ley Concursal, que establece un régimen de exoneración de deudas basado en dos ideas fundamentales: que el deudor actúe de buena fe y que liquide previamente su patrimonio. Esto se establece en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).
En septiembre de 2022, la Ley 16/2022 introdujo reformas legislativas para la transposición de la Directiva 2019/1023 al ordenamiento jurídico español. Estas reformas modificaron la Ley Concursal aprobada por el Real Decreto legislativo 1/2020, de 5 de mayo (TRLC).
El objetivo de estas reformas es flexibilizar y agilizar el sistema de insolvencia en España, favoreciendo los mecanismos preconcursales y añadiendo un nuevo procedimiento para microempresas. Como resultado, se ha configurado un procedimiento de segunda oportunidad más efectivo.
El objetivo del concurso de acreedores es permitir que una persona, a pesar de su fracaso económico en el ámbito empresarial o personal, tenga la posibilidad de recuperarse con el tiempo, sin tener que cargar indefinidamente con deudas que no podrá pagar.
Este proceso se lleva a cabo en diferentes fases, incluyendo la determinación de los activos y pasivos, la creación de un convenio y la liquidación. Una vez finalizado el concurso, se puede solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) para extinguir total o parcialmente las deudas. Este mecanismo está regulado en los artículos 486 a 502 del TRLC.
En particular, el artículo 486 establece que el deudor persona natural, sea o no empresario, puede solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho siempre y cuando actúe de buena fe.
Como se mencionó anteriormente, es común que una difícil situación de insolvencia económica lleve a contratar créditos o tarjetas para hacer frente temporalmente a las deudas, sin considerar si eso realmente solucionará el problema o lo empeorará.
Un ejemplo claro de productos financieros comunes en las deudas de un concurso de acreedores son las tarjetas revolving.
Estas tarjetas de crédito se caracterizan por permitir el aplazamiento de compras o gastos, pero aplicando intereses abusivos, que en promedio rondan el 26% y pueden llegar al 40%. Además, en la mayoría de los casos, estas tarjetas se comercializan de manera rápida por teléfono, con condiciones abusivas, sin firma del documento de solicitud y sin la intervención de un empleado.
Todo esto conlleva una falta de transparencia en las condiciones generales del contrato.
En conclusión, si te encuentras en un estado de insolvencia, actual o inminente, es fundamental mantener la calma y buscar la ayuda de un profesional.
Nuestro despacho de abogados en Zaragoza se especializa en tarjetas revolving y derecho concursal, y puede asesorarte y guiarte en este asunto.
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Opiniones de Clientes
SERGI
Genial en todos los aspectos, no sabíamos que hacer, hasta arriba de deudas, nos explicaron lo de la segunda oportunidad y ha sido un éxito, libres de deudas en 4 días. Las financieras dejaron de llamar, nos sacaron de morosos y en nada podemos empezar de cero, si estáis en problemas, hablado con ellos.
NOEMÍ
JOAQUÍN
Tengo varios procesos con ellos y no puedo estar mas feliz, recomendados al 1000% muy ambles, trato cercano y muy atentos, diligentes y resolutivos. Atencion inmejorable, los recomiendo mucho.
MÓNICA
Absolutamente recomendable! He recuperado hasta el último céntimo de un crédito que pagué por un servicio que nunca recibí.
NACHO
Me puse en contacto con ellos para la devolución de los gastos hipotecarios.
Gracias a su profesionalidad, dedicación y experiencia, este proceso se ha resuelto de manera favorable. Es un alivio contar con profesionales que realmente defienden los derechos de las personas y luchan por lo que es justo.
¡Enhorabuena por el gran trabajo y gracias por vuestro compromiso!
LIDIA
ROSANA
Muy amables, resolución rápida ,muy profesionales ,en todo momento cercanía y rapidez ante cualquier duda. Tramites sin problemas He quedado muy contenta. Atención inmediata.Recomendable.Y no dudaré en recomendar y llamar para futuras causas que puedan surgir. Gracias
