¿PUEDO RECLAMAR LOS GASTOS DE LA HIPOTECA?

Reclamar los gastos de hipoteca a entidades financieras como BANCO SANTANDER, IBERCAJA, KUTXA, LABORAL y otras es perfectamente viable.

Conforme a la Sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2015 se reconocía el derecho a reclamar estos gastos, de todos modos, la jurisprudencia se ha ido adaptando y desde 2019 el propio Tribunal ya dictaba que en “el reparto de los gastos de manera que los consumidores solo podrán reclamar la mitad del coste de la formalización de los créditos hipotecarios que firmaron en su día (sin contar el AJD)” (Actos jurídicos Documentados)

Ahora bien, más recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha posicionado de una forma clara en favor del consumidor y ha dictado que “si la cláusula de imposición de gastos es abusiva, deben devolverse todos los gastos de notario, registro, gestoría y tasación pagados en su momento. El único gasto que no será posible recuperar es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.”

Está claro que en España determinados juzgadores se postulan por una u otra interpretación, pero en resumen lo que está claro es que son gastos que podemos recuperar y debemos luchar por la cantidad que se nos debe.

Estamos hablando de reclamar el 100% de la gestoría, la tasación y el registro, y el 50% de la notaría. Si tras presentar la reclamación la entidad financiera no accediese a la devolución debemos acudir a la vía judicial.

¿ SE ESTÁN DEVOLVIENDO LOS GASTOS DE HIPOTECA ?

Si, la gran mayoría de juzgados sentencian que deben devolverse los gastos de formalización. En concreto, los siguientes:

  1. Notario (50%)
  2. Registro (100%)
  3. Gestoría (100%)
  4. Tasación (100%)
  5. Comisión de apertura

Póngase en contacto con un abogado experto en derecho bancario y consumo que le acompañará en el proceso desde el inicio de la reclamación.


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