COFIDIS Y LOS INTERESES ABUSIVOS EN CRÉDITOS AL CONSUMO
Cofidis es una empresa que concede créditos, microcréditos y préstamos al consumo, es una importante empresa del sector, ampliamente conocida en nuestro país que invierte importantes cantidades en publicidad y promoción de sus servicios financieros.
Por medio de Cofidis se pueden pedir créditos directo de hasta 4.000 euros independientemente de su finalidad con una devolución de plazos de entre 13 y 41 meses con casi un 25% TAE, intereses tan altos pueden tildarse de abusivos cuando lo que gravan es un crédito al consumo.
Cofidis está en la lista de esas entidades de crédito que aplican a sus préstamos y micropréstamos unos intereses desproporcionados, puesto que muchos de sus contratos de microcréditos o créditos personales y tarjetas de crédito sobrepasan el 20% TAE exigido como máximo por el Banco de España.
En este caso se puede denunciar o reclamar a Cofidis por los intereses usuarios.
INTERESES USURARIOS
En caso de que se apliquen intereses superiores al 20% TAE, se puede reclamar los intereses de Cofidis por usura y buscar anular el contrato. Esto se debe a que se está aplicando un TAE superior al tipo medio de préstamos al consumo (según las Tablas Banco de España) y el criterio de referencia que fijo el Tribunal Supremo en su sentencia del 4 de marzo de 2020.
Muchas entidades dividen el TAE entre los 12 meses del año y por eso os clientes no se dan cuenta de los intereses abusivos. Por eso es importante observar cual es el TAE anual y ver si este supera el tipo medio. Estos contratos también se pueden anular en caso de que haya falta de transparencia por Cofidis, puesto que muchos contratos de crédito son casi ilegibles, confundiendo así al cliente.
POR QUÉ SON RECLAMABLES LOS INTERESES ABUSIVOS DE COFIDIS
La Ley de Represión de Usura (o Ley Azcárate) establece cuando es que un préstamo tiene carácter usurario.
El artículo 1 estipula que “será nulo todo contrato de préstamo en el que se estipule un tipo de interés notablemente superior al dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”.
Para valorar si esto ha sucedido en el caso, el juez debe recurrir a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y a las dos reglas principales que concretan:
1) que el porcentaje que ha de tomarse en consideración no es el nominal, sino la tasa anual equivalente (TAE).
2) que el interés con el que ha de realizarse la comparación es el «normal del dinero», señalando que «Para establecer lo que se considera «interés normal» puede acudirse a las estadísticas que publica el Banco de España.
Es por esta jurisprudencia que se debe de observar el interés anual del TAE y además estar al interés nominal fijado ese año por el Banco de España.
De forma complementaria, el artículo 3 de la Ley de la Usura establece las consecuencias que tendrá aquel contrato que efectivamente haya infringido en su condicionado el Artículo 1: El prestatario sólo estará obligado a entregar al prestamista la cantidad que efectivamente utilizó. En caso de que el monto pagado exceda el capital prestado, la entidad financiera deberá de reembolsarle la diferencia.
RECLAMA LOS INTERESES USURARIOS A COFIDIS
En caso de que ya hayas terminado de pagar un crédito a COFIDIS, igual puedes reclamar y recuperar todos los importes que te fueron cobrados de manera abusiva. Esto se debe a que la Usura no prescribe!
Si tienes algún préstamo o microcrédito con Cofidis, no dudes en contactarnos a nosotros de manera gratuita y empezaremos el proceso de reclamación.