PROBLEMAS CON LAS RECLAMACIONES EN TARJETAS REVOLVING

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En determinadas ocasiones los procesos de reclamación de tarjetas revolving pueden dilatarse en el tiempo por varias causas, en este artículo analizaremos el proceso y los obstáculos que podemos encontrarnos para proponer solución a los más comunes.

EL INICIO DE LA RECLAMACIÓN POR INTERESES ABUSIVOS DE UNA TARJETA REVOLVING

Lógicamente el inicio es ese momento en el cual el cliente nos plantea su caso y le emplazamos a que nos deje la documentación y los movimientos de la tarjeta en cuestión, para nosotros poder estipular en primer lugar si se aplica usura en el tipo de interés y a su vez, lo que en determinado momento le debe de corresponder a nuestro cliente.

En este punto pueden pasar dos cosas , que el cliente haya sido muy metódico y durante toda el tiempo que ha estado en vigor la tarjeta , ha ido guardando los recibos, documentación y movimientos, o lo más común que no los tenga pues hoy en día con la banca online tendemos a pensar que podemos acceder a todo con un simple click, y no es así.

Realmente no se trata de un gran problema, una vez hemos podido analizar los datos que hayamos podido obtener e iniciemos el proceso, al ser el primer paso la remisión de carta de reclamación certificada previamente a la entidad, en esa misma reclamación solicitaremos la documentación, así como el reintegro de todas las cantidades que han sido cobradas de forma ilegal amparadas en un contrato de usura.

Como no va a ser tan fácil, no nos van a devolver el dinero a la primera, sin más, (posiblemente nos llamen ofreciendo un “pacto” en el cual de todas formas salen ganando y el consumidor perdiendo una importante cantidad) y nos dirán que podemos descargar la documentación del último año en la web o aplicación y que si queremos esos documentos nos cuesta tanto dinero.

Bueno, pues hasta aquí hemos llegado, debemos dar el siguiente paso.

LAS DILIGENCIAS PRELIMINARES POR TARJETAS REVOLVING

Una vez tenemos la negativa a colaborar, debemos solicitar DILIGENCIAS PRELIMINARES, en el Juzgado correspondiente para emplazar no solo a que la entidad a la que pertenece la tarjeta revolving vea que vamos en serio, sino que en este proceso podemos preparar el posterior juicio de forma eficiente, y asegurar con ello esa prueba documental que nos falta y la otra parte con obligación de entregar se escuda en gastos, comisiones o remitiéndonos a otro departamento.

Una vez haya sido emplazada a entregarla, sino lo hiciere se interpondrá la demanda haciendo constar el incumplimiento.

LA DEMANDA POR USURA EN TARJETAS DE CRÉDITO REVOLVING

Aquí como en todo proceso, el principio de contradicción es el rey y evidentemente el argumento más común por parte de las empresas que aplican intereses usurarios es: “no se trata de usura al ser un interés parecido al resto de entidades en este tipo de productos”.

Aquí una vez presentados los argumentos de las partes y aceptadas las pruebas ya se debiera haber aportado la documentación con la cual pudiésemos cuantificar nuestra pretensión de forma correcta, con sus intereses etc.

Una vez se haya dictado sentencia conforme debe aportar movimientos y abonar cantidades (aquí podemos estar de acuerdo en ciertos puntos en espera de poder de forma cierta calcular cantidades, p.e. que el principal será cierto) conforme al fallo debemos de esperar al abono.

TRAS LA DEMANDA Y EL JUICIO POR TARJETA DE CRÉDITO USURARIA

Todavía no está todo ganado, realmente sabemos que una sentencia declarativa aun condenando a pagar a la demandada no siempre se cumple a la primera por ello deberemos, como parte interesada y ante el volumen de trabajo de los juzgados y el poco interés que posee el demandado de deshacerse de sus beneficios, deberemos agilizar el proceso, realizando escritos de impulso procesal para:

    • Que se emplace a la demandada a entregar la documentación y el cálculo de las cantidades.
    • Para que, una vez abonado el principal, nos abone los intereses devengados.
    • Para que haga un cálculo, en caso contrario de cuánto debemos de abonar.
    • Para que el propio juzgado, si se ha remitido transferencia a la cuenta de este, nos haga la transferencia a nosotros que conocemos que se ha hecho efectiva.
    • Y no es extraño, para que se vuelva a realizar casi todo lo anterior que dependa de la parte contraria llegando en su caso a solicitar el embargo si fuera necesario.

Como se puede apreciar la importancia de dar impulso al proceso motu propio favorecerá no solo que se llegue a materializar la pretensión de nuestro cliente, sino que, al verse emplazado por el juzgado, evitaremos todas las tácticas dilatorias que se pueden prolongar de forma eterna por parte de quien, en su día y desde el inicio de todo este proceso de reclamación por intereses abusivos en tarjeta de crédito, ha demostrado una falta absoluta de ponernos las cosas fáciles