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Fusión, escisión o cesión global de activo y pasivo en ejecución del convenio.
Artículo 399 ter. Fusión, escisión o cesión global de activo y pasivo en ejecución del convenio. 1. En el caso de que el convenio previera una modificación estructural los acreedores concursales no tendrán los derechos de tutela individual reconocidos en el libro primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se…
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