Deber de solicitar la liquidación.

Artículo 407. Deber de solicitar la liquidación. Durante la vigencia del convenio, el concursado deberá pedir la liquidación desde que conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos en este y las obligaciones contraídas con posterioridad a la aprobación de aquel. Especialistas en concurso de acreedores Nuestro equipo jurídico ayuda en situaciones de crisis económica,…

Leer más