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El Art铆culo 23 TRLC detalla el proceso de proposici贸n y pr谩ctica de pruebas durante la vista relacionada con una solicitud de concurso.

Este art铆culo establece c贸mo se gestionan las pruebas presentadas por los solicitantes o el deudor, as铆 como el rol del juez en la evaluaci贸n de estas pruebas.

En primer lugar, el art铆culo establece que el juez decidir谩 durante la vista sobre la relevancia de los medios de prueba propuestos en la solicitud de concurso o en las solicitudes acumuladas de concurso, as铆 como aquellos propuestos por los solicitantes o el deudor en ese momento.

Las pruebas consideradas pertinentes se practicar谩n de inmediato si es factible hacerlo en la misma vista. Si no es posible, el Letrado de la Administraci贸n de Justicia programar谩 un d铆a para llevar a cabo las pruebas restantes. Estas pruebas adicionales deben realizarse en el plazo m谩s breve posible, que no exceder谩 de veinte d铆as.

El juez tiene la facultad de interrogar directamente a las partes, testigos y peritos durante la pr谩ctica de las pruebas.

En cuanto a la valoraci贸n de las pruebas, el juez aplicar谩 las reglas de evaluaci贸n contenidas en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

En resumen, el Art铆culo 23 describe c贸mo se maneja la proposici贸n y pr谩ctica de pruebas durante la vista relacionada con una solicitud de concurso, incluyendo la decisi贸n sobre la pertinencia de las pruebas, el cronograma para su realizaci贸n y las reglas de valoraci贸n que se aplicar谩n.

Art铆culo 23. Proposici贸n y pr谩ctica de la prueba.

1. El juez decidir谩 en la vista sobre la pertinencia de los medios de prueba propuestos en la solicitud o solicitudes acumuladas de concurso o que se propongan por los solicitantes o por el deudor en ese acto.

2. Las pruebas declaradas pertinentes se practicar谩n de inmediato si se pudieran realizar en la propia vista. En otro caso, el Letrado de la Administraci贸n de Justicia se帽alar谩 d铆a para la pr谩ctica de las restantes. La pr谩ctica de estas otras pruebas deber谩 realizarse en el m谩s breve plazo posible, sin que pueda exceder de veinte d铆as.

3. El juez podr谩 interrogar directamente a las partes, a los testigos y a los peritos.

4. El juez apreciar谩 las pruebas que se practiquen conforme a las reglas de valoraci贸n contenidas en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Concurso de acreedores

La entrada en situaci贸n de insolvencia tanto de una empresa, una persona f铆sica o un trabajador aut贸nomo, genera numerosas dudas y hace que se inicie el proceso de b煤squeda de soluci贸n.

En estas situaciones de quiebra e insolvencia se generan preguntas sobre el procedimiento de concurso de acreedores, como, por ejemplo:

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