Artículo 212. Enajenación de bienes y derechos afectos con subsistencia del gravamen.
1. A solicitud de la administración concursal, el juez, previa audiencia de los interesados, podrá autorizar la enajenación de bienes y derechos de la masa activa afectos a créditos con privilegio especial con subsistencia del gravamen y con subrogación del adquirente en la obligación del deudor. Subrogado el adquirente, el crédito quedará excluido de la masa pasiva.
2. Por excepción, no tendrá lugar la subrogación del adquirente, a pesar de que subsista la garantía, cuando se trate de créditos tributarios y de seguridad social.
¿Qué significa venta con subsistencia del gravamen?
La "venta con subsistencia del gravamen" se refiere a una transacción en la cual un bien se vende a un comprador, pero el gravamen o carga financiera que recae sobre el bien no se libera en el momento de la venta.
En otras palabras, el comprador adquiere el bien sujeto a la carga financiera existente, asumiendo la responsabilidad de pagar la deuda pendiente asociada con ese bien.
En el contexto de transacciones inmobiliarias, por ejemplo, si una propiedad está sujeta a una hipoteca o a algún otro tipo de gravamen, la venta con subsistencia del gravamen implica que el nuevo propietario (el comprador) adquiere la propiedad con la obligación de asumir la deuda existente y continuar pagando la hipoteca o el préstamo vinculado a la propiedad.
Es esencial comprender los riesgos asociados con una venta con subsistencia del gravamen, ya que el nuevo propietario será responsable de garantizar que los pagos pendientes asociados con el gravamen se realicen de manera oportuna para evitar posibles consecuencias legales o financieras adversas, como el embargo del bien por incumplimiento de pago.
Antes de participar en una venta con subsistencia del gravamen, es crucial realizar un análisis exhaustivo de la operación para comprender completamente la carga financiera existente y evaluar la capacidad de pago de la deuda asociada por parte del nuevo propietario.
Preguntas Frecuentes sobre concurso de acreedores
La entrada en situación de insolvencia tanto de una empresa, una persona física o un trabajador autónomo, genera numerosas dudas y hace que se inicie el proceso de búsqueda de solución.
En estas situaciones de quiebra e insolvencia se generan preguntas sobre el procedimiento de concurso de acreedores, como, por ejemplo:
- ¿Quién puede declararse en concurso de acreedores?
- ¿En qué plazo?
- ¿Qué documentación es necesario aportar?
- ¿Necesito abogado especialista en derecho concursal?
A continuación, reunimos posibles preguntas y dudas que se generan durante el proceso de concurso de acreedores con el fin de dar respuesta a aquellos deudores que no pueden hacer frente al pago de sus préstamos y créditos.