El derecho de desistimiento en los contratos de microcréditos: lo que debes saber antes de firmar

La imagen muestra a una persona (el consumidor) sentada frente a un representante de ventas o financiero, probablemente en un concesionario, clínica o tienda. El representante le está mostrando un contrato en una tablet, con el dedo apuntando rápidamente, mientras el consumidor mira con una expresión de perplejidad o confusión, sosteniendo un bolígrafo. De fondo, se vislumbran más personas y un ambiente comercial. Sobre ellos, flota un gran símbolo de porcentaje en neón rojo, destacando los altos intereses

En los últimos años, el mercado de los microcréditos y préstamos rápidos ha crecido de forma exponencial en España. La facilidad para contratar estos productos, en ocasiones, con solo unos clics, ha supuesto una ventaja para quienes necesitan financiación inmediata, pero también ha dado lugar a abusos y confusiones en los derechos del consumidor.

Uno de los derechos más importantes en este ámbito, y al mismo tiempo menos comprendido, es el derecho de desistimiento. Este derecho permite al consumidor dar marcha atrás en el contrato firmado, sin necesidad de justificar su decisión, dentro de un determinado plazo y bajo unas condiciones específicas.

En este artículo explicamos de forma clara y rigurosa qué implica el derecho de desistimiento en los contratos de microcréditos, cómo ejercerlo correctamente, qué consecuencias tiene para ambas partes y qué hacer si la entidad financiera no respeta este derecho.

¿Qué se entiende por microcrédito?

El término “microcrédito” no tiene una definición legal única, pero se refiere a préstamos de pequeña cuantía (entre 50 y 1.000 euros), ofrecidos por entidades financieras o plataformas online, con plazos de devolución muy breves y tipos de interés elevados.

Suelen contratarse de forma totalmente digital y sin apenas comprobaciones de solvencia. Precisamente por esa rapidez y simplicidad, muchos consumidores no leen o no comprenden las condiciones del contrato, lo que puede dar lugar a costes inesperados o cláusulas abusivas.

¿Cuándo se puede ejercer el derecho de desistimiento?

El plazo es de 14 días naturales y comienza a contar desde el día en que:

  • El contrato de crédito se firma.
  • O el consumidor recibe las condiciones contractuales y la información precontractual, si esto ocurre después de la firma (importante si la información se demoró).

Durante ese plazo, el consumidor puede revocar su consentimiento de forma unilateral. El desistimiento debe comunicarse de manera fehaciente (por ejemplo, mediante correo electrónico, burofax o formulario de desistimiento) al prestamista. No basta con dejar de pagar.

¿Qué gastos implica el desistimiento?

Ejercer el derecho de desistimiento implica que el contrato se considera no celebrado. Esto conlleva:

  • El consumidor deberá devolver el capital recibido y, en algunos casos, abonar los intereses devengados únicamente por el tiempo que tuvo el dinero.
  • No puede exigirse ninguna penalización, comisión ni coste adicional por ejercer este derecho.
  • La entidad financiera debe devolver cualquier cantidad cobrada que no corresponda al periodo de vigencia del préstamo (ej. primas de seguros asociados no disfrutadas).

Una vez comunicado el desistimiento, el consumidor dispone de 30 días naturales para reintegrar el capital prestado más los intereses devengados hasta la devolución efectiva.

Obligaciones de la entidad financiera

El prestamista tiene la obligación legal de informar de forma clara y destacada sobre la existencia del derecho de desistimiento, su plazo y procedimiento. Si la entidad no facilita esa información, el plazo de 14 días no empieza a contar hasta que el consumidor la reciba correctamente, pudiendo desistir incluso meses después.

Además, si se contrataron otros productos vinculados (ej. un seguro asociado), el desistimiento del contrato principal arrastra la anulación automática de los contratos accesorios.

¿Qué ocurre si el crédito ya ha sido dispuesto?

La respuesta es : el derecho de desistimiento no desaparece por haber dispuesto del crédito, siempre que se devuelva el capital más los intereses devengados en el plazo legal (máximo 30 días naturales desde la comunicación).

¿Y qué sucede si el prestamista se niega a aceptar el desistimiento?

Algunas entidades de microcréditos dificultan o rechazan el desistimiento. En esos casos, el consumidor tiene derecho a reclamar:

  • Ante el servicio de atención al cliente de la entidad.
  • Si no responden o deniegan, ante el Banco de España o la autoridad de consumo competente.
  • En última instancia, judicialmente, solicitando la declaración de nulidad y la devolución de cantidades.

Es fundamental conservar todas las comunicaciones y justificantes que acrediten la fecha y forma en que se ejerció el desistimiento.

Casos en los que no procede el derecho de desistimiento

No se aplica en:

  • Créditos garantizados con hipoteca.
  • Contratos de crédito cuyo importe total sea inferior a 200 euros.
  • Créditos concedidos por cooperativas de crédito a sus socios sin intereses.
  • Créditos destinados a cubrir una deuda existente con el mismo prestamista.

Cómo ejercer tu derecho de desistimiento paso a paso

  1. Solicita la liquidación exacta: Exige a la entidad el importe total a reintegrar (capital + intereses devengados hasta la fecha de devolución).
  2. Guarda toda la documentación: Copia de la notificación de desistimiento, respuesta de la entidad y justificantes de pago.
  3. Insiste en el reembolso de seguros asociados: Reclama la parte no consumida.

El derecho de desistimiento es una herramienta esencial para la protección del consumidor. Sin embargo, cada caso puede presentar matices específicos. En Abogados Piqueras contamos con profesionales especializados en derecho bancario y de consumo, con amplia experiencia en la reclamación de microcréditos.

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