Especialistas en concurso de acreedores

Nuestro equipo jurídico ayuda en situaciones de crisis económica, falta de liquidez e insolvencia a través del concurso de acreedores para persona jurídica y microempresas.

Artículo 442. Concurso culpable.

El concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o culpa grave del deudor o, si los tuviere, de sus representantes legales y, en caso de persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, directores generales, y de quienes, dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso, hubieren tenido cualquiera de estas condiciones.

La calificación del concurso es crucial para la concesión del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) al deudor.

Según el artículo 487.1.3º, si el concurso se califica como culpable, el deudor no podrá obtener el BEPI.

Esta posibilidad se examina en la sección sexta del concurso, denominada sección de calificación.

Adicionalmente, la reforma introduce otro impedimento para la exoneración en el artículo 487.1.4º: haber sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación como culpable del concurso de un tercero en los diez años anteriores a la solicitud del BEPI, a menos que a la fecha de dicha solicitud se haya satisfecho íntegramente la responsabilidad.

Esta sección concluye con una sentencia, precedida de un trámite de alegaciones, una vista con fase probatoria, y en la que, conforme al artículo 441 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), se califica el concurso como fortuito o culpable.

Si se declara culpable, pueden derivarse responsabilidades para terceros vinculados al concursado, como acreedores, socios, administradores (de derecho o de hecho), apoderados, director general y otros cómplices, quienes son considerados "personas afectadas por la calificación".

Los supuestos de culpabilidad se detallan en los artículos 442, 443, 444 y 445 TRLC, estableciéndose un sistema con una causa general de culpabilidad (art. 442 TRLC), presunciones iuris et de iure (art. 443 TRLC) y presunciones iuris tantum (art. 444 TRLC). Como novedad, el artículo 445 bis TRLC introduce el incumplimiento culpable del convenio como nueva causa de culpabilidad.

Preguntas Frecuentes sobre concurso de acreedores

La entrada en situación de insolvencia tanto de una empresa, una persona física o un trabajador autónomo, genera numerosas dudas y hace que se inicie el proceso de búsqueda de solución.

En estas situaciones de quiebra e insolvencia se generan preguntas sobre el procedimiento de concurso de acreedores, como, por ejemplo:

 

A continuación, reunimos posibles preguntas y dudas que se generan durante el proceso de  concurso de acreedores con el fin de dar respuesta a aquellos deudores que no pueden hacer frente al pago de sus préstamos y créditos.

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