abogado especialista en Derecho Concursal
Deducción para pagos de créditos contra la masa.
Artículo 429. Deducción para pagos de créditos contra la masa. Antes de proceder al pago de los créditos concursales, la administración concursal deducirá de la masa activa los bienes y derechos necesarios para satisfacer los créditos contra esta. Especialistas en SEGUNDA OPORTUNIDAD Nuestro equipo jurídico ayuda en situaciones de crisis económica, falta de liquidez e…
Leer másPago de créditos ordinarios con antelación.
Artículo 434. Pago de créditos ordinarios con antelación. 1. En casos excepcionales, el juez, a solicitud de la administración concursal, podrá motivadamente autorizar la realización de pagos de créditos ordinarios con antelación cuando estime suficientemente cubierto el pago de los créditos contra la masa y de los créditos privilegiados. 2. El juez podrá también autorizar…
Leer másPago de los créditos subordinados.
Artículo 435. Pago de los créditos subordinados. 1. El pago de los créditos subordinados no se realizará hasta que hayan quedado íntegramente satisfechos los créditos ordinarios. 2. El pago de estos créditos se realizará por el orden establecido en esta ley y, en su caso, a prorrata dentro de cada número. 3. Siempre que no…
Leer másPago anticipado.
Artículo 436. Pago anticipado. Si el pago de un crédito se realizare antes del vencimiento que tuviere a la fecha de la apertura de la liquidación, se hará con el descuento correspondiente, calculado al tipo de interés legal. Preguntas Frecuentes sobre concurso de acreedores La entrada en situación de insolvencia tanto de una empresa, una…
Leer másDerecho del acreedor a la cuota del deudor solidario.
Artículo 437. Derecho del acreedor a la cuota del deudor solidario. El acreedor que, antes de la declaración de concurso, hubiera cobrado parte del crédito de un deudor solidario, de un fiador o de un avalista del deudor tendrá derecho a obtener en el concurso del deudor los pagos correspondientes a aquellos hasta que, sumados…
Leer másPago de crédito reconocido en dos o más concursos de deudores solidarios.
Artículo 438. Pago de crédito reconocido en dos o más concursos de deudores solidarios. 1. En el caso de que el crédito hubiera sido reconocido en dos o más concursos de deudores solidarios, la suma de lo percibido en todos los concursos no podrá exceder del importe del crédito. 2. La administración concursal podrá retener…
Leer másCoordinación con pagos anteriores en fase de convenio.
Artículo 439. Coordinación con pagos anteriores en fase de convenio. 1. Si a la liquidación hubiese precedido el cumplimiento parcial de un convenio, se presumirán legítimos los pagos realizados en él, salvo que se probara la existencia de fraude, contravención al convenio o alteración de la igualdad de trato a los acreedores. 2. Quienes hubieran…
Leer másPago de intereses.
Artículo 440. Pago de intereses. Si resultara remanente después del pago de la totalidad de los créditos concursales, procederá el pago, total o parcial, de los intereses cuyo devengo hubiese quedado suspendido por efecto de la declaración de concurso, calculados al tipo convencional y, si no existiera, al tipo legal. Especialistas en concurso de acreedores…
Leer másCalificación del concurso.
Artículo 441. Calificación del concurso. El concurso se calificará como fortuito o como culpable. Especialistas en concurso de acreedores Nuestro equipo jurídico ayuda en situaciones de crisis económica, falta de liquidez e insolvencia a través del concurso de acreedores para persona jurídica y microempresas. CONTACTAR Preguntas Frecuentes sobre concurso de acreedores La entrada en situación…
Leer másConcurso culpable.
Especialistas en concurso de acreedores Nuestro equipo jurídico ayuda en situaciones de crisis económica, falta de liquidez e insolvencia a través del concurso de acreedores para persona jurídica y microempresas. CONTACTAR Artículo 442. Concurso culpable. El concurso se calificará como culpable cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera mediado dolo o…
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