Especialistas en ley de segunda oportunidad

Nuestro equipo jurídico ayuda en situaciones de crisis económica, falta de liquidez e insolvencia a través del concurso de acreedores para persona física.

Artículo 35. Publicidad de la declaración de concurso.

1. El mismo día de la aceptación del cargo por el administrador concursal, el letrado de la Administración de Justicia remitirá por medios electrónicos al "Boletín Oficial del Estado", para su publicación en el suplemento del tablón judicial edictal único, y al Registro público concursal el edicto relativo a la declaración de concurso, redactado en el modelo oficial para que sea publicado con la mayor urgencia. La publicación del edicto tendrá carácter gratuito.

El edicto contendrá los datos indispensables para la identificación del concursado, incluyendo el número de identificación fiscal que tuviera; el órgano judicial que hubiera declarado el concurso, el número de autos y el número de identificación general del procedimiento; la fecha de presentación de la solicitud, la fecha en que se hubiera repartido, la fecha del auto de declaración de concurso; el régimen de intervención o de suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre los bienes y derechos que integren la masa activa; la identidad del administrador o de los administradores concursales; el plazo para la comunicación de los créditos, la dirección electrónica y postal, para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos y cuantas otras comunicaciones dirijan a la administración concursal, y la dirección electrónica del Registro público concursal en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso.

2. En el mismo auto de declaración del concurso o en resolución posterior, el juez, de oficio o a instancia de interesado, podrá acordar cualquier publicidad complementaria que considere imprescindible para la efectiva difusión del concurso de acreedores.

La publicidad que debe darse a la declaración de concurso de acreedores incluye los siguientes aspectos:

  1. Publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE): El letrado de la Administración de Justicia debe remitir por medios electrónicos al BOE el edicto relacionado con la declaración del concurso. El edicto debe ser publicado en el suplemento del tablón judicial edictal único del BOE con la mayor urgencia, y esta publicación es gratuita.
  2. Contenido del Edicto: El edicto debe contener información esencial para identificar el concursado, el órgano judicial que ha declarado el concurso, los números de autos y del procedimiento, las fechas clave, como la de presentación de la solicitud y la del auto de declaración de concurso, el régimen de intervención o suspensión de las facultades del concursado sobre los activos, la identidad del administrador o administradores concursales, el plazo para la comunicación de los créditos, las direcciones electrónicas y postales para las comunicaciones de acreedores y otros destinatarios a la administración concursal, y la dirección electrónica del Registro público concursal para futuras publicaciones relacionadas con el concurso.
  3. Publicidad Complementaria: El juez, ya sea de oficio o a solicitud de un interesado, puede acordar cualquier publicidad adicional que considere necesaria para garantizar la efectiva difusión del concurso de acreedores. Esto proporciona flexibilidad para tomar medidas adicionales en caso de que la publicación en el BOE no sea suficiente para informar adecuadamente a las partes interesadas sobre el concurso.

Resumiendo el artículo establece los requisitos y procedimientos para la publicidad de la declaración de concurso de acreedores, con el objetivo de asegurar que la información es ampliamente difundida y accesible para todas las partes involucradas en el proceso concursal.

Preguntas Frecuentes sobre concurso de acreedores

La entrada en situación de insolvencia tanto de una empresa, una persona física o un trabajador autónomo, genera numerosas dudas y hace que se inicie el proceso de búsqueda de solución.

En estas situaciones de quiebra e insolvencia se generan preguntas sobre el procedimiento de concurso de acreedores, como, por ejemplo:

 

A continuación, reunimos posibles preguntas y dudas que se generan durante el proceso de  concurso de acreedores con el fin de dar respuesta a aquellos deudores que no pueden hacer frente al pago de sus préstamos y créditos.

Rellene el formulario y un especialista contactará rápidamente.



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