Reclamar Cláusulas Abusivas Hipoteca: Guía Paso a Paso
1. Principales sentencias sobre nulidad de cláusulas abusivas
STS 23/12/2015, SAP León 17/07/2023, SAP Zamora 2/12/2022
Declaran la nulidad de cláusulas que imponen cargas excesivas al consumidor, como la imputación íntegra de los gastos notariales, registrales y de gestión.
Se ordena, en ciertos casos, la devolución de cantidades indebidamente abonadas por los consumidores.
Refuerzan la necesidad de que las cláusulas sean claras, comprensibles y negociadas equitativamente.
2. Reparto de Gastos Hipotecarios y Límites a la Devolución
El Tribunal Supremo ha establecido criterios específicos sobre quién debe asumir los distintos gastos hipotecarios.
Sentencias clave: STS 26/10/2020, STS 16/10/2019, STS 1/3/2022
Notaría → Gastos del otorgamiento de la escritura deben repartirse entre prestatario y prestamista.
Registro de la propiedad → Carga del banco, ya que es el beneficiario de la inscripción.
Gestoría → Si no hay pacto claro, los gastos deben dividirse entre las partes.
Impuestos (AJD) → Se atribuyen íntegramente al prestatario como sujeto pasivo del tributo.
Efectos de la STJUE 13/03/2025 sobre la devolución de gastos:
Si una cláusula de gastos hipotecarios se declara nula, no significa que el consumidor tenga automáticamente derecho a la devolución total.
El reembolso dependerá de si la acción ha sido ejercida dentro del plazo de prescripción aplicable.
Consecuencia práctica:
Los consumidores deben actuar con rapidez para reclamar la devolución de gastos hipotecarios, ya que podrían enfrentar restricciones por plazos de prescripción.
La estrategia legal debe centrarse en demostrar que el régimen de prescripción aplicado no resulta más desfavorable que el de otras acciones similares en el derecho nacional.
3. Falta de Legitimación Pasiva de las Entidades Bancarias
STS 17/06/2020, STS 1/3/2022 y STJUE 13/03/2025
Se desestima la acción de nulidad en casos donde el banco no redactó la cláusula ni tuvo una intervención activa en su imposición.
Se reitera que, en contratos de subrogación hipotecaria, el banco no se convierte automáticamente en parte del contrato de compraventa.
Esto limita las reclamaciones contra ciertas entidades bancarias cuando las cláusulas abusivas fueron incluidas en contratos preexistentes.
Estrategia procesal:
El consumidor debe probar que la entidad financiera impuso activamente la cláusula abusiva, ya que, de lo contrario, la acción podría ser desestimada por falta de legitimación pasiva.
4. Disparidad de Criterios en las Audiencias Provinciales
Existe una notable falta de uniformidad en las resoluciones judiciales sobre cláusulas abusivas:
SAP León 17/07/2023: Declara la nulidad de cláusulas de comisiones y gastos hipotecarios, beneficiando al consumidor.
SAP Zamora 2/12/2022: Se inclina a favor de la entidad bancaria, rechazando la nulidad de una cláusula similar.
Conclusión: La disparidad de criterios en las Audiencias Provinciales genera inseguridad jurídica, lo que refuerza la importancia de contar con una estrategia procesal sólida y basada en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el TJUE.
5. Estrategia Procesal para Litigios sobre Cláusulas Abusivas
Si el consumidor busca la nulidad de una cláusula abusiva en un contrato hipotecario, la estrategia debe enfocarse en los siguientes aspectos:
A. Identificación de Cláusulas Abusivas y Fundamentos Jurídicos
Revisar el contrato hipotecario y detectar cláusulas abusivas como:
✔ Gastos hipotecarios (notaría, registro, gestoría, impuestos).
✔ Cláusula suelo o vencimiento anticipado.
✔ Intereses moratorios excesivos.
✔ Comisión por reclamación de posiciones deudoras.
Base jurídica:
✔ Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU).
✔ Ley de Condiciones Generales de la Contratación (LCGC).
✔ Jurisprudencia del Tribunal Supremo y TJUE.
B. Elección del Procedimiento Adecuado
Acción Individual:
Demanda ordinaria de nulidad contractual con efectos restitutorios (art. 1303 CC).
Mayor control sobre el procedimiento.
Desventaja: Mayor costo y tiempo de resolución.
Demanda Colectiva:
Acción colectiva si la cláusula afecta a múltiples consumidores (art. 11 LEC).
Ventaja: Mayor impacto y respaldo de asociaciones de consumidores.
Desventaja: Mayor complejidad procesal y dilación.
C. Prueba y Argumentación Procesal
Para superar las objeciones de los bancos, se recomienda:
Demostrar falta de transparencia: No basta con la existencia de la cláusula; se debe probar que el consumidor no tuvo información clara sobre sus efectos económicos.
Aportar jurisprudencia favorable: STS 546/2019 (16/10/2019) sobre gastos hipotecarios y STS 705/2015 (23/12/2015) sobre nulidad de cláusulas abusivas.
Cuantificar daños económicos: Presentar facturas de gastos hipotecarios y cálculos de intereses a reclamar.
Falta de legitimación pasiva: Demostrar que el banco impuso la cláusula.
Prescripción: Argumentar que el plazo de reclamación debe respetar el principio de equivalencia.
Enriquecimiento injusto: Argumentar que el reembolso es parte del efecto restitutorio de la nulidad.
D. Enfrentar la Posible Oposición del Banco
Falta de legitimación pasiva
Alegarán que el banco no redactó ni negoció la cláusula en contratos de subrogación hipotecaria.
Contramedida: Acreditar que el banco impuso la cláusula o que existió un desequilibrio contractual.
Prescripción de la acción
Alegarán que el plazo para reclamar ha vencido.
Contramedida: Invocar la doctrina del "dies a quo", según la cual el plazo de prescripción empieza a contar desde que el consumidor tiene conocimiento efectivo del carácter abusivo.
Enriquecimiento injusto
Alegarán que la nulidad no implica la devolución total de los importes pagados.
Contramedida: Argumentar que, conforme al art. 1303 CC, la nulidad tiene efectos restitutorios plenos.
6. Estrategia en la Segunda Instancia y Casación
Si la sentencia en primera instancia es desfavorable, se recomienda:
Recurso de Apelación (art. 458 LEC)
Si el fallo ignoró la doctrina del TS o el TJUE.
Si se rechazaron pruebas relevantes sin motivación suficiente.
Recurso de Casación (art. 477 LEC)
Si la sentencia contradice la doctrina del TS.
Si el tribunal de apelación no motivó adecuadamente su fallo.
Conclusión
Para el consumidor: La clave es demostrar la falta de transparencia y basarse en jurisprudencia del TS y el TJUE.
Actualización del Análisis sobre Cláusulas Abusivas con la Sentencia del TJUE (13/03/2025, C-230/2024)
La reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 13 de marzo de 2025 (C-230/2024) introduce nuevos criterios sobre la nulidad de cláusulas abusivas en contratos hipotecarios, reforzando la protección de los consumidores y aclarando el régimen de prescripción de las acciones restitutorias.
- Principales cambios introducidos por la sentencia del TJUE:
La acción de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible.
La reclamación de cantidades abonadas sí puede estar sujeta a prescripción, pero solo si el plazo es coherente con otros casos similares en el derecho nacional.
Los consumidores deben actuar rápido para reclamar devoluciones, evitando plazos de prescripción restrictivos.
Se refuerza el control de transparencia en contratos bancarios, pero la devolución de cantidades no es automática.
Impacto de la STJUE 13/03/2025 en la Nulidad de Cláusulas Abusivas
Casuismo relevante:
Hipoteca y cláusulas abusivas: Se analiza la demanda de nulidad de una cláusula de gastos en un préstamo hipotecario y la restitución de las cantidades indebidamente abonadas.
Criterios de interpretación del TJUE:
Los artículos 6.1 y 7.1 de la Directiva 93/13 no impiden que los Estados miembros establezcan la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de una cláusula abusiva.
Sin embargo, sí pueden establecer un plazo de prescripción para reclamar la devolución de los importes pagados en virtud de dicha cláusula, siempre que este sea coherente con el tratamiento de otras acciones de restitución en el derecho nacional.
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Conclusión del TJUE:
La nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible, pero la acción para reclamar la devolución de los importes pagados puede tener un plazo de prescripción, siempre que no resulte menos favorable que el aplicable a otras acciones similares en el ordenamiento nacional.
Relevancia práctica:
Si bien los consumidores pueden impugnar una cláusula abusiva en cualquier momento, la reclamación de las cantidades abonadas podría estar sujeta a prescripción, lo que impone un límite temporal para exigir la devolución.