FICHEROS DE MOROSIDAD: CUÁNTOS EXISTEN Y CÓMO SALIR DE ELLOS
En los ficheros de morosidad se incluyen a personas tanto físicas como jurídicas con deudas, con la finalidad de que se sepa la solvencia de las personas.
Cualquier empresa o entidad acreedora puede ceder los datos de un cliente deudor para que lo incluyan en una lista de morosidad (ha de ser informado en el momento del contrato de que en caso de no pagar se le podría incluir en un fichero de este tipo) si la deuda es de más de cincuenta euros y no está pendiente de arbitrajes o reclamaciones administrativas o judiciales.
Los ficheros de morosos más importantes en España son:
•ASNEF-EQUIFAX: elaborado conjuntamente por ambos, tienen información sobre las personas físicas y jurídicas y es el acreedor el que los incluye en el fichero. Lo utilizan financieras y grandes compañías (empresas asociadas)
• EXPERIAN BADEXCUG: sobre la solvencia patrimonial y de crédito. Solo las entidades que aportan datos al fichero pueden consultar otros luego. Las principales entidades que participan en este son bancos, cajas, sociedades financieras, cooperativas de crédito y demás entidades de financiación. Los datos de las personas son aportados por el acreedor (operaciones comerciales impagadas, situación actual y evolución histórica de las operaciones)
• RAI: el registro de aceptaciones impagadas es de titularidad privada y de su gestión se encarga el centro de cooperación interbancario. Solo está disponible para las personas jurídicas y registra la información relativa a los impagos de estas de cuantía superior a trescientos euros. Estas deudas tienen su origen en letras aceptadas, pagarés cambiarios, cheques de cuenta corriente y pagarés de cuenta corriente.
• CIRBE: es la central de información de riesgos del Banco de España. Es un servicio público que gestiona la base de datos que contiene todos los préstamos, créditos, avales y riesgos que asumen las financieras con sus clientes (tanto personas físicas como jurídicas)
Cuando te incluyen en uno de estos ficheros, la entidad debe comunicártelo en un plazo de treinta días, incluyendo en la comunicación las razonas por las que se le ha añadido, el nombre y dirección del acreedor que cedió sus datos y además, la cantidad económica que debe.
La primera forma de salir del fichero de morosos es pagar la deuda y solicitar la cancelación de tus datos al responsable del fichero para que se te elimine del mismo. Se ha de justificar que se ha abonado el pago de la deuda.
Si se está incluido en un fichero por una deuda que está en trámites, como puede ser una reclamación administrativa, judicial o arbitraje, porque no se está de acuerdo con dicha deuda, hay que presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (ya que no debería aparecer tu nombre en esa lista)
Si no hay deuda o no se cumplen todos los requisitos por los que se pueda incluir en el fichero, se solicita la baja al titular del fichero, que debe responder en treinta días o hasta dos meses (excepcionalmente). Si no lo hace, se procede a poner denuncia ante la AEPD (que ya hemos mencionado en el punto anterior). Puede haber sanciones para la empresa acreedora y la gestora del fichero de morosidad.
Cuando la inclusión es incorrecta se puede reclamar judicialmente una indemnización de daños causados. Hay diversas sentencias del Tribunal Supremo en las que el sujeto resultó indemnizado, como la STS 3667/2021.
Aparecen todos los ciudadanos que tengan un préstamo, crédito o tarjeta de crédito por importe de más de seis mil euros, si son con la misma entidad.