❎ Anular tarjeta de crédito WIZINK

Te ayudamos a anular y reclamar por tu tarjeta de crédito de WIZINK y a recuperar tu dinero.

Si eres cliente del banco online WIZINK (que engloba a CITIBANK, BANCO POPULAR y BARCLAYCARD) y estás preocupado porque llevas años pagando los intereses abusivos de tu tarjeta de crédito revolving sin conseguir cancelarla, te animamos a contactar con nosotros, podemos librarte de ella y ahorrarte mucho dinero.

¿QUIERES SABER EL MOTIVO DE LA NULIDAD DE TU TARJETA WIZINK?

Te contamos por qué es nula la tarjeta de crédito revolving de WIZINK.

La nulidad de la tarjeta revolving se basa, principalmente, en que cobra intereses abusivos, por encima del 25 % e incluso del 27%.

También puede apoyarse en que no se ofreció la suficiente información y documentación al cliente, existiendo falta de transparencia en la comercialización.

Sobre los intereses abusivos de las tarjetas WIZINK podemos decir que son, tal y como fijó el Supremo «manifiestamente desproporcionados» y es que un 24% de interés TIN (tipo por defecto, 27,24 % TAE) está muy lejos del interés medio de un préstamo al consumo.

Si nos detenemos en el tipo de interés TAE de una tarjeta WIZINK, que es el que realmente fija lo que acabaremos pagando por el dinero que nos prestan, vemos que se puede disparar hasta estar muy cerca del 30%, claramente abusivo.

La reciente Sentencia del Supremo de marzo de 2020, confirma la abusividad de los intereses cercanos al 27%.

Ya no hay excusa para seguir pagando intereses abusivos durante años sin reducir la deuda.

Estás muy cerca de librarte de un producto usurario.

Contacta con nosotros en el 679113162 , en hola@abogadopiqueras.es o rellena nuestro formulario, únete a muchos otros clientes que ya han ganado en los Tribunales.

¿QUÉ PUEDES HACER PARA ANULAR TU TARJETA REVOLVING DE WIZINK?

Puedes contactar con nuestros abogados especializados en tarjetas de crédito revolving.

Comenzaremos contigo el camino que lleva a conseguir nulidad de los intereses abusivos de tu tarjeta revolving, siendo nuestra meta que recuperes todo el dinero que has pagado por la aplicación de un interés desproporcionado e injusto.

También pelearemos para que recuperes todas esas comisiones que has estado pagando por usar tu tarjeta revolving: descubiertos, reclamaciones, seguros, retirada de efectivo…

El primer paso hacia nuestro objetivo es que rellenes este sencillo formulario:

Tan pronto como nos sea posible, contactaremos contigo para explicarte cómo hacemos las cosas y qué documentación nos tienes que enviar.

También hablaremos de condiciones y de las posibilidades de éxito de tu reclamación, cada caso es único, lo tratamos como tal y solo después de haberlo estudiado en profundidad te daremos nuestra opinión jurídica, te adelantamos que solo cobramos si ganamos.

Quédate con que el Supremo ha vuelto a dar la razón a consumidores como tu, los intereses de tu tarjeta son USURA, no hay razón para seguir pagando el resto de tu vida una tarjeta trampa.

¿QUIERES SABER QUIÉN ES WIZINK?

Se trata de un banco online con presencia en España y Portugal.

Wizink no es el típico banco que conocemos, solo opera a través de canales digitales, por lo que no posee oficinas bancarias.

Su forma de comercializar productos, está especializado en tarjetas de crédito revolving, es mediante stands en centros comerciales, supermercados, aeropuertos, estaciones de autobús y tren, etc. también trabaja habitualmente el canal telefónico, contando con grandes call centers y numerosos operadores.

Wizink comenzó siendo Popular-e, propiedad del Grupo Banco Popular, por el camino absorbió el negocio de tarjetas de crédito de Citibank así como el de Barclaycard.

Finalmente Wizink ha acabado en manos del fondo estadounidense Värde Partners.

¿POR QUÉ ANULAN LAS TARJETAS DE CRÉDITO DE WIZINK?

Las tarjetas revolving de WIZINK se anulan, simple y llanamente, porque sus intereses son abusivos.

No hay justificación que valga para cobrar cerca de un 30% de interés anual por un crédito al consumo o una línea de crédito, que es, lo que realmente, venden WIZINK, EVO FINANCE o CETELEM.

Según sus abogados el préstamo es tan caro porque hay mucho riesgo en la operación. Es un argumento que difícilmente se sostiene.

El riesgo es minimizado por los estudios de solvencia que realizan los departamentos especializados de EVO, CETELEM o WIZINK, ya que analizan la documentación y el perfil del cliente antes de autorizar la emisión de la tarjeta de crédito.

Es cierto que puede existir mayor morosidad en este tipo de productos financieros, pero no es algo que se deba repercutir al consumidor, es algo que debería asumir la emisora de la tarjeta de crédito.

A mayor abundamiento, es obligación de la entidad investigar al cliente antes de darle el préstamo, a las emisoras les ata la legislación que les obliga a ser responsables en la concesión de crédito.

La visión que acabamos de exponer es compartida por muchos tribunales, tambíen por el Tribunal Supremo, quien ya ha sentado jurisprudencia en relación con las tarjetas revolving, declarando nulos los intereses, por usurarios.

No te lo pienses más, pon freno a los intereses abusivos, contacta ya con nosotros.

¿NECESITAS ALGO MÁS PARA CONVENCERTE DE PEDIR LA NULIDAD DE TU TARJETA DE CRÉDITO WIZINK?

Si con todo lo que te hemos contado no estás totalmente convencido de que debes pedir la nulidad de tu tarjeta de crédito WIZINK, o EVO, o CETELEM, te dejamos un extracto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia en la que ratifica la nulidad de los intereses de la tarjeta de crédito por usurarios.

El primer motivo del recurso de apelación se sustenta en atacar el carácter usurario del contrato de crédito «revolving», fijado en la sentencia a tenor del interés remuneratorio pactado 26,82 % (TAE), porque el Juzgado Primera Instancia no toma como referencia los TEDR (en vez del aplicado, TAE media ponderada de los créditos al consumo) publicados por el banco de España.

La motivación del Juez apoyándose en la sentencia del Tribunal Supremo de 25/11/2015 y de Audiencias Provinciales, fija el precio normal del dinero teniendo presente el índice publicado por el Banco de España para los TAE en créditos al consumo (9.11 %) por lo que concluye que resulta desproporcionado con el normal del dinero.

La Sala va a mantener el criterio del Juzgador y no estima que concurra error en su decisión, pues es un dato transcendental la fecha en que se celebra el contrato, 1/10/2012.

Conforme al artículo 1 y 2 de la ley de Azcárate para que pueda ser calificado el préstamo de usurario resulta necesario que la retribución sea además de notablemente superior al normal del dinero «manifiestamente desproporcionado con las circunstancia del caso».

En el supuesto ahora enjuiciado conforme al reverso de la única hoja del contrato y con grandes dificultades para ser visto y leído (luego trataremos sobre tal cuestión de lleno en la transparencia) narra » 4. Coste del préstamo e intereses. Importe máximo 60.000. Plazo máximo 120 meses. Tipo de interés anual máximo 24 %. TAE máximo 26,82% «

No es objeto de discusión que el TAE publicitado para operaciones de crédito al consumo para el año 2012 es de 9,11 % anual, por lo que con tal dato no solo el interés retributivo fijado en contrato es notoriamente superior al normal del dinero para operación de consumo (dos veces y medio superior) como lo es el contrato analizado, sino además, resulta desproporcionado para dicho negocio, y por ende concurre su calificativo de usurario.

La parte apelante entiende que no es ese el normal del dinero para las operaciones sino el fijado para tarjetas de crédito de pago aplazado y por tanto es el índice 20,64 anual que es solo seis puntos inferior al pactado y ya no resulta desproporcionado.

Ahora bien, de la propia documentación aportada por la demandada en su pliego rector -documento 6- contestación (si bien para otro procedimiento) del Banco de España, expresamente, sobre los índices de tipos de intereses remuneratorios medios que las entidades financieras ofrecen en caso de tarjetas revolving, se establece que la norma aplicable es la Circular de 5/2012 de 27 de junio de Banco de España, apostilla que las definiciones epigrafiadas en tal Circular (A.2.5 y A.2.6) cuya información determina la publicación y estadística del índice, vemos que no coinciden con la operación referida (dado que aquellas delimitan a créditos de hasta 6.000 euros en tarjeta de crédito para adquisición de bienes de consumo o 4.000 euros en tarjetas de crédito cuando no se está vinculada a la adquisición de bienes de consumo y con apertura de cuenta en la cantidad) y aquí, si bien de la condición general 5 no se concreta limite de disposición en cambio de la expuesta supra estamos en hasta 60.000 euros (el documento 6 de la demandada Reglamento de Tarjeta WIZINK de 2016, es por razones obvias temporales inaplicable y el documento 5 Informe normalizado de crédito a consumo, no lleva firma del actor ni de su emisor.

Además se certifica que el índice publicado lo fue por primera vez respecto al último trimestre del año 2012 y el contrato ahora enjuiciado es de 1/10/2012.

Por tales circunstancias el apoyo o índice alegado por la demandada apelante no resulta aplicable al caso de autos, pues no se ajusta a la clase de operación propia concertada entre los litigantes y procede mantener la comparación efectuada por el Juzgador con apoyo en la sentencia del Tribunal Supremo de 25/11/2015 .

Además, la Sala advierta que para tal desproporción no hay justificación alguna y que en todo caso esas circunstancias excepcionales las debió acreditar la parte demandada, no constituyendo tales como ya advirtió el Tribunal Supremo en la meritada sentencia ni el carácter de «revolving» ni que las garantías de cobro sean menores.

Procede ratificar la decisión del Juzgado Primera Instancia.

Como puedes apreciar, la Audiencia ratifica la decisión del juzgado y declara nulos los intereses de la tarjeta revolving de Wizink.